Metrología
METROLOGÍA LEGAL
Los registradores de temperatura y termómetros usados para la medida y registro de la temperatura de recintos fijos o móviles (vehículos) que alberguen productos ultracongelados perecederos, deben someterse cada 2 años a una verificación periódica por un Organismo Autorizado de Verificación Metrológica (OAVM), como es INVERYCA, de conformidad con lo marcado por la ORDEN ITC/3701/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado de los registradores de temperatura y termómetros para el transporte, almacenamiento, distribución y control de productos a temperatura controlada. INVERYCA también se encuentra autorizada para realizar la verificación de registradores de temperatura y termómetros tras haber sido sometidos a una reparación o a una modificación. Verificación de Instrumentos de Pasaje de Funcionamiento No Automático (IPFNA) en su fase de instrumentos en servicio De manera análoga a lo indicado anteriormente, los Instrumentos de Pesaje de Funcionamiento No Automático (IPFNA), se encuentran sometidos a control metrológico cuando son utilizados para la determinación de la masa de un cuerpo con las siguientes finalidades:
INVERYCA es un Organismo Autorizado de Verificación Metrológica de Instrumentos de Pesaje de Funcionamiento No Automático (IPFNA) en la fase de instrumentos en servicio. |
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